Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2007-RCA
Fecha: 19-Jun-2007
I.2. Resolución
Interpuesto el recurso de amparo constitucional el 14 de marzo de 2007, fue radicado ante la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, quienes mediante Auto de 16 de marzo de 2007, declinaron competencia en razón de territorio, disponiendo la remisión del caso a la Corte Superior del Distrito de La Paz para que dicha Sala sea la que conozca y resuelva el amparo (fs. 118 y vta.).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- I.
- II.3.1.
- el proceso contencioso administrativo un recurso o vía judicial al que la recurrente debió acudir obligatoriamente antes de interponer el amparo constitucional para impugnar la resolución pronunciada dentro del recurso jerárquico con el que concluyó la instancia administrativa
- II.3.2.