Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
denegado
Consiguientemente, el Tribunal de amparo al haber denegado el recurso, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo; aunque al no haber ingresado al análisis del fondo de la problemática, deberá ser declarado improcedente, en uso adecuado de la terminología en la resolución de este recurso, de acuerdo a lo dispuesto en la SC 0505/2005-R de 10 de mayo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto de mujeres contratadas como consultoras y estado de gestación
- III.2. El caso ahora analizado
- denegado
- APROBAR