Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0441/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR, con el fundamento precedente, la Resolución 061 de 9 de junio de 2006, cursante de fs. 714 a 717 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia declara IMPROCEDENTE el recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- subsidiaria
- III.2.
- III.3.
- denegado
- APROBAR