Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0476/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La parte recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que el contrato de trabajo no fue visado por la Inspectoría de Cochabamba, porque debía verificarse el vehículo, en cuyo mérito esa entidad ordenó a su similar de Trinidad, dé curso a la certificación solicitada, previo cumplimiento de esa formalidad. Por otra parte, el certificado domiciliario fue ordenado por el Fiscal, a cuyo efecto presentó papeleta de pago de luz, documentos de propiedad del inmueble y testigos, en cuyo mérito funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) verificaron el domicilio.