Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0476/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
II.4.
II.4. Por certificado emitido el 22 de diciembre de 2006, por el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) (fs. 12), se evidencia que el representado de las recurrentes no tiene antecedentes desde 1992 a esa fecha, cursando asimismo los certificados de nacimiento de sus hijos (fs. 13 a 16).