SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2007-R

Fecha: 19-Jun-2007

II.2.

II.2.  La Oficial de Diligencias, mediante nota de 23 de abril de 2003, representó ante el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, no haber sido encontrada la demandada a efectos de notificarla con el proceso social, en el domicilio señalado en la demanda, por haber desocupado la vivienda seis meses antes (fs. 282).

Al no ser habida la demandada en el domicilio señalado, previo juramento de desconocimiento de domicilio la parte demandante prestó dicho juramento, siendo notificada mediante edictos (fs. 284), oficiando el Juez de la causa a la Dirección Nacional de Identificación Personal, informe sobre el último domicilio registrado por la demandada (fs. 284 vta.), el que respondido dio cuenta de estar su domicilio registrado en la av. Esteban Arce 2249, Z/ Villa San Antonio (fs. 285).