SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0505/2007-R
Fecha: 19-Jun-2007
II.4.
II.4. Con los mismos argumentos del presente recurso, los recurrentes plantearon un incidente de nulidad de obrados, que fue rechazado por la Jueza correcurrida mediante Resolución 675/06 de 31 de enero de 2007, con estos fundamentos: i) La imputación cumple con los requisitos establecidos en el art. 302 del CPP, pues está plenamente individualizada la participación de cada uno de los imputados; ii) No existe indefensión, ya que los imputados fueron notificados con la imputación y la querella, por lo que conocían cuál era el hecho que se les atribuía; iii) La calificación del tipo penal es provisional y puede variar durante la etapa preparatoria; iv) La presentación pública de los imputados tampoco constituye defecto absoluto (fs. 196 a 197).