SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2007-R

Fecha: 21-Jun-2007

a)

El Juez recurrido sostuvo lo siguiente: a) En el proceso interdicto de recobrar la posesión que se siguió contra el recurrente existe avasallamiento, habiéndose citado personalmente al actor con la demanda y Sentencia, constando en la diligencia el fin íntegro de esas piezas procesales, siendo esa la forma de citar a un no vidente, quien tuvo también conocimiento de las actuaciones en ejecución de sentencia, por lo que se rechazó su solicitud de nulidad  de obrados; b) El recurrente no interpuso recurso alguno contra la Sentencia del citado proceso, ni recurso de apelación contra el rechazo de la nulidad de obrados que formuló; c) El actor no puede aducir ceguera para interrumpir la ejecución de la Sentencia y el lanzamiento que procede según SC 0407/2004-R de 24 de marzo; d) No obstante que se procedió al lanzamiento, el actor nuevamente está dentro del inmueble, denotando su renuencia a cumplir las disposiciones legales e interfiriendo el cumplimiento de la ley; e) Existe deserción del recurso, porque el actor no concurrió a la audiencia. Pidió se declare improcedente el recurso.