SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0527/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente indica que se han vulnerado sus derechos a reunirse y asociarse para fines lícitos y al trabajo reconocidos por el art. 7 incs. c) y d) de la CPE por cuanto el recurrido denegó la solicitud que hizo para que se proceda a su inscripción de afiliación en los registros del Colegio de Médicos Veterinarios de Chuquisaca porque el plan de estudios de la UBI no estaría conforme al de las Universidades de Santa Cruz y Beni, omitiendo considerar que de acuerdo con lo previsto por el art. 188.I de la CPE, las universidades privadas están autorizadas para expedir diplomas académicos y los títulos a nivel nacional son otorgados por el Estado -en su caso el Ministerio de Educación y Culturas le confirió el Título en Provisional Nacional de Licenciado en Veterinaria-  y que de acuerdo con la Ley 1763, de Ejercicio Profesional del Médico Veterinario, Médico Veterinario Zootecnista y Zootecnista se requiere título en provisión nacional y estar inscrito en los registros de dicho Colegio, los que, a ese efecto requieren, además de otros requisitos, precisamente el título profesional en provisión nacional, y no es evidente que el profesional deba previamente inscribirse en el Colegio de Médicos Veterinarios de Bolivia. De consiguiente, corresponde determinar, en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.