SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0533/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0533/2007-R

Fecha: 28-Jun-2007

1)

Silvia Padilla Lowenthal, en representación con mandato de los terceros interesados Mario Claure Ruiz y Ciro Pedraza, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) No es evidente la inexistencia del decreto de autos, pues éste ha sido emitido, no siendo adecuado que por la recomposición de las Salas se considere que el trámite del recurso deba retrotraerse; 2) Las normas de los arts. 250 y ss. del CPC regulan el trámite del recurso de casación, determinando que puede ser en el fondo, por la forma o ambos, de lo que se colige que también una sola resolución puede resolver ambos, tal como hizo el AS 371, que el en parágrafo I del considerando II se pronunció sobre el recurso de casación en la forma; y sobre la casación en el fondo en el parágrafo II; y 3) El amparo constitucional no es un etapa más en los procesos, sino un recurso extraordinario; por ello, sí observaron que el AS 371 no se pronunció sobre algún aspecto, debieron haber solicitado la explicación, complementación y enmienda. Finalizan solicitando la denegatoria del amparo.