AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2007-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2007-ECA

Fecha: 12-Jul-2007

1)

1)  Al respecto, cabe señalar que en la SC 0420/2007-R, en la parte resolutiva, punto 3º, el Tribunal Constitucional dispuso dejar sin efecto las Resoluciones y actos emitidos por el Concejo Municipal a partir del 25 de noviembre de 2006, sin embargo ante la existencia de convenios suscritos por el Gobierno Municipal de Bermejo con organismo internacionales, Embajada de Venezuela y otras entidades, los que benefician a la colectividad, y preservando la seguridad jurídica, únicamente debe dejarse sin efecto las Resoluciones Municipales cuya nulidad fue solicitada por los recurrentes, es decir 200/2006, 200/2006-A y 201/2006 de 25 de noviembre y las Resoluciones 001/2007, 002/2007, 003/2007 004/2007 de 3 de enero, debiendo enmendarse el punto 3º de la parte resolutiva del Fallo Constitucional referido.