AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2007-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2007-ECA

Fecha: 12-Jul-2007

c)

En el memorial remitido vía fax por el recurrido Freddy Cardozo Garzón solicita dentro del plazo otorgado por el art. 50 de la LTC, la enmienda, complementación y aclaración de la SC 0420/2007-R, argumentando que la parte resolutiva de dicho fallo en su inciso c) señala “Dejar sin efecto las resoluciones y actos del Honorable Concejo Municipal desde el 25 de noviembre de 2006”, ya que por su parte los recurrentes en la demanda de amparo constitucional señalan como petitorio concreto: “Dejar sin efecto las Resoluciones Municipales 200/2006, 200/2006-A y 201/2006 de 25 de noviembre de 2006 y las Resoluciones 001/2007, 002/2007, 0003/2007 y 004/2007 de 3 de enero de 2007, sin embargo como se evidencia la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional es opuesta a la petición, evidenciándose que es un fallo ultra petita  al haber actuado al margen de la “ratio decidendi” impuesta por la demanda de amparo constitucional y el fallo del inferior y aún más todavía ha actuado por sobre el fin específico y especial que le reconoce el art. 3.II de la LTC. Es así, que en términos del inc. c) de la parte resolutiva de la SC 0420/2007-R, no solo dejaría sin efecto las Resoluciones Municipales que designan a Sonia López Bascopé y Freddy Cardozo Garzón como Alcaldes Municipales de la ciudad de Bermejo y la Segunda Sección de la provincia Arce del departamento de Tarija, sino que además a partir de ahí también invalidaría todos y cada uno de los actos administrativos ejecutados por éstos en tal condición extendiéndose inclusive a los verificados hasta la fecha de notificación con el fallo constitucional que lejos de contribuir con la solución definitiva y pacífica del conflicto originaría caos y anarquía institucional y legal.

Refiere que  dicha disposición cuestionada  negaría valor y efecto jurídico a actos de magnitud y vital importancia para el municipio y la colectividad, como los convenios DIPRAD - Gobierno Municipal de Bermejo, FAUTAPO - Gobierno Municipal, USAID - Gobierno Municipal de Bermejo, Embajada de VENEZUELA, Gobierno Municipal, SEDECA; Corregimiento LAB y Federación de Campesinos - Gobierno Municipal  y Feria  a la Inversa, circunstancia por la que solicita se aclare:

Si el inc. c) de la SC 0420/2007, deja sin efecto las Resoluciones y actos emitidos por el Concejo Municipal, hasta el 3 de enero de 2007 o por el contrario hasta el día de notificación con el exhorto y no únicamente las Resoluciones Municipales  200/2006, 200/2006-A y 201/2006 de 25 de noviembre y las Resoluciones 001/2007, 002/2007, 003/2007 004/2007 de 3 de enero.