AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2007-RCA
Fecha: 04-Jul-2007
II.2. Análisis de la improcedencia del recurso de amparo constitucional por incumplimiento del principio de subsidiariedad
El art. 19 de la CPE, ha establecido que el amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona y que son reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, lo que significa que el recurso extraordinario se configura sobre el principio de subsidiariedad respecto del cual la jurisprudencia constitucional ha señalado que: "(...) el recurrente debe utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho o ante la instancia superior a la misma en caso que se trate de autoridad y, en el caso de particulares, acudir ante la autoridad que conforme a la naturaleza del acto ilegal u omisión indebida le pueda otorgar protección inmediata" (SC 0635/2003-R de 9 de mayo), pues sólo será concedido el amparo constitucional de manera excepcional cuando no obstante la existencia de otras vías, ellas resulten ineficaces para la defensa de los derechos, así lo ha entendido este Tribunal en las SSCC 1277/2003-R, 0770/2003-R, 0445/2003-R, 0492/2003-R, 0703/2004-R, entre otras.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Análisis de la improcedencia del recurso de amparo constitucional por incumplimiento del principio de subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- II.3. Análisis de caso enviado en revisión
- APROBAR