AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2007-RCA
Fecha: 04-Jul-2007
improcedencia in límine
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Resolución 067/2007 de 12 de abril, declaró la improcedencia in límine del recurso de amparo constitucional, argumentando que en materia laboral no se han agotado ni iniciado las acciones a las que el recurrente puede acceder de acuerdo a ley, ante la Inspectoría del Trabajo y la Judicatura laboral, pidiendo su reincorporación o sus beneficios sociales y respecto a la revelación de los datos consignados en los archivos privados de la empresa “Chaco” S.A. sobre una investigación y seguimiento de su persona, señala que esta situación está comprendida en el art. 23 de la CPE y no en el art. 19 de la misma.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Análisis de la improcedencia del recurso de amparo constitucional por incumplimiento del principio de subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- II.3. Análisis de caso enviado en revisión
- APROBAR