I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado con el incidente de inconstitucionalidad, la demandante Edith Peña López presenta memorial de 22 de junio de 2007 (fs. 150 y vta.), refiriendo que el recurso tiene como causa y hecho generador aparente el Auto de Vista de fs. 488 a 499 dictado por el Juez de Partido Décimo Tercero en lo civil y comercial por falta del respectivo saneamiento procesal, cuestión que es ajena al recurso indirecto de inconstitucionalidad. En cuanto al contenido del recurso, no se menciona la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado. Tampoco se cita el precepto constitucional que se considera infringido ni la relevancia que tendrá la norma legal impugnada con la decisión del proceso. Finalmente, la sentencia dictada dentro del proceso de referencia se encuentra plenamente ejecutoriada al igual que el auto definitivo que niega el recurso de apelación, incluido el recurso de compulsa declarado ilegal, no existiendo en este estado ninguna cuestión principal ni accesoria pendiente de resolución, por lo que corresponde rechazar el incidente por ser manifiestamente infundado.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- II.2.1.
- confronte el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado
- supondrá que no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental
- II.2.3.
- antes de la
- APRUEBA
