Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
I.2.1.
El abogado de la recurrente, ratificó in extenso el contenido de su demanda, señalando que el carácter iracundo, irascible y violento de los recurridos, hicieron que la recurrente y su niño salgan a la fuerza de su domicilio y no se les hayan permitido ingresar más a él, hechos que fueron corroborados y comprobados con el acta levantada por la Notaria de Fe Pública, donde se evidencia que la chapa de la puerta había sido cambiada; así como el informe del Sargento Segundo de Radio Patrullas 110 de la Zona Sur; por lo que si existen problemas por deudas, no es la vía, por cuanto los recurridos no podían hacer justicia por mano propia.