SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0562/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
II.2.
II.2. El Oficial de Radio Patrullas 110, José Luis Arteaga Flores, informó que aproximadamente a horas 21:55 del 3 de mayo de 2006, en circunstancia que cumplía su servicio de patrullaje motorizado en la zona R-5, por instrucciones de la Central de Radio Patrullas Zona Sur, se constituyó en el domicilio de calle 38 “N°” 66 de la zona de Achumani, donde tomó contacto con la ahora recurrente, quien le indicó que Lourdes de Paco, nuera del propietario del inmueble le había votado de su departamento porque debía tres meses de alquiler y, que en horas de la mañana Ednar Pablo Paco Lobo había ingresado a su departamento en forma violenta para cobrar los alquileres y servicios básicos, insultándole. Posteriormente, se hizo presente en el lugar Ednar Pablo Paco Lobo en su vehículo particular, con su padre y un tercero, los cuales bajaron del vehículo y se apersonaron a la recurrente y a su abogado y, les exigieron el pago de los alquileres, al principio en forma pacífica y luego se tornó una discusión violenta, insultándose mutuamente (fs. 13).