Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0566/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
1)
A su vez la correcurrida, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto en audiencia manifestó: 1) No todas las lesiones al debido proceso son llamadas a ser reparadas a través del recurso de hábeas corpus y si el abogado considera haber sido mal valoradas las pruebas, tiene expedito el recurso de apelación; 2) La Resolución que ordenó la detención se halla fundamentada e individualizada.