Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la LTC, resuelve APROBAR la Resolución 26/2007 de 23 de mayo, cursante de fs. 15 a 16, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con la modificación de dejar sin efecto las costas impuestas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- El fiscal recurrido, Sergio Céspedes Álvarez,
- 2.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la falta de legitimación pasiva y las excepciones establecidas por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
- III.2. La subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- III.3. El caso analizado
- haciendo uso abusivo de las permisiones de la representación sin mandato que prevé el orden legal, se lo quiere utilizar con otros fines distintos a los establecidos en la Constitución y la Ley
- APROBAR