SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
El fiscal recurrido, Sergio Céspedes Álvarez,
El fiscal recurrido, Sergio Céspedes Álvarez, en audiencia, informó: 1. El lunes 21 de mayo se encontraba de turno junto con el Fiscal Pedro Ledezma, quien se hizo cargo del caso; 2. El recurso de hábeas corpus fue interpuesto a la ligera contra otra autoridad; 3. De acuerdo a la jurisprudencia, primero debe acudirse ante el juez cautelar, ya que esa autoridad es el contralor de los derechos y garantías; 4. El fiscal Pedro Ledezma presentó su imputación y pidió medidas sustitutivas a la detención preventiva, al estar en trámite los exámenes de laboratorio, siendo esa conducta transparente y honesta; 5. Se trata de un delito de violación y la víctima es un discapacitado de 28 años, por eso se condujo al recurrente oficinas de la FELCC; 5. Cuando hay flagrancia, el aprehendido debe ser puesto a disposición del juez; 6. No fue su autoridad quien aprehendió ni dispuso su detención, es más, no existe ninguna orden emitida por él.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- El fiscal recurrido, Sergio Céspedes Álvarez,
- 2.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la falta de legitimación pasiva y las excepciones establecidas por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
- III.2. La subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- III.3. El caso analizado
- haciendo uso abusivo de las permisiones de la representación sin mandato que prevé el orden legal, se lo quiere utilizar con otros fines distintos a los establecidos en la Constitución y la Ley
- APROBAR