SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
I.2.1.
La abogada del recurrente señaló que se vio obligada a acudir al recurso de hábeas corpus, debido a que los fiscales de turno detuvieron indebidamente a su defendido; que el requerimiento por el cual se dispuso su aprehensión no cuenta con la fundamentación legal; que no existe ni siquiera el certificado médico forense para que se determine una imputación formal o se encuentren los suficientes indicios para hacer una detención.
El día de “ayer” fue notificada para la audiencia de hábeas corpus y se hizo llegar la imputación formal al juez, llevándose a cabo la audiencia de medidas cautelares el día de “hoy”, y como esas audiencias muchas veces se suspenden, vio la necesidad de no retirar el hábeas corpus mientras no se realice la audiencia de medidas cautelares.
Llevada a cabo la audiencia, al Juez cautelar, revisando la documentación y haciendo prevalecer la SC 0957/2004-R de 17 de junio le llamó la atención el que se hubiera procedido a detener a una persona sin haber hecho un requerimiento fundamentado y no haber utilizado el artículo que corresponde a la aprehensión, determinando la libertad pura y simple de su defendido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- El fiscal recurrido, Sergio Céspedes Álvarez,
- 2.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la falta de legitimación pasiva y las excepciones establecidas por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
- III.2. La subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- III.3. El caso analizado
- haciendo uso abusivo de las permisiones de la representación sin mandato que prevé el orden legal, se lo quiere utilizar con otros fines distintos a los establecidos en la Constitución y la Ley
- APROBAR