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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2007-R

    Fecha: 05-Jul-2007

    I.2.1. Ratificación del recurso

    Con la réplica indicaron que el 4 de mayo de 2006, al haber solicitado la información en forma escrita, debe ser respondida en la misma forma y como quiera que no existe en la “Ley de OTBs" todo el trámite a seguir ante estas situaciones, resulta impertinente afirmar que no se agotaron las vías legales como acudir al Comité de Vigilancia Departamental y al Concejo Municipal.

    • recurso de amparo constitucional
    • Fragmento 2
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • Fragmento 5
    • I.2.2. Informe de la parte recurrida
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión”
    • III.2.
    • APROBAR

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