Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2007-R
Fecha: 11-Jul-2007
denegó
La Resolución de 4 de agosto de 2006, cursante de fs. 64 vta. a 65, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegó el recurso sin costas ni “daños y perjuicios”, bajo estos fundamentos: i) La recurrente debió apersonarse en el proceso y presentar las apelaciones o los incidentes y agotar esos medios hasta que se tenga una resolución positiva o negativa y recién viabilizaría el amparo; ii) El proceso del que emerge este recurso, trata de la división de bienes comunes, no así gananciales ni concubinarios, por lo cual la recurrente no es agraviada personalmente y no tiene legitimación activa para esta acción.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- III.2. El caso analizado
- APRUEBA