Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2007-R
Fecha: 12-Jul-2007
a)
a) La Resolución Prefectural Expresa 335 de 16 de mayo de “2005” pronunciada por el Prefecto recurrido, no consideró ninguno de los puntos apelados, en forma precisa, exponiendo las razones jurídicas de la decisión sobre cada uno de ellos, teniendo en cuenta que el art. 163 del Reglamento del DS 27328, exige a la autoridad pertinente resolver un recurso de impugnación exponiendo los aspectos de hecho y de derecho en los que funda su decisión.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derechos supuestamente vulnerados
- III.2. Exigencia de fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso planteado
- APROBAR