Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2007-R
Fecha: 12-Jul-2007
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El representante legal de la empresa constructora “Illimani S.R.L.” utilizando la palabra expresó que se presentaron a la licitación con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones, habiendo rubricado y sellado todas las hojas, por lo que obtuvieron el primer lugar y les fue adjudicada la licitación. Al estar siendo afectada la empresa que representa con una impugnación sobre una cuestión que es subsanable toda vez que el objeto principal de la propuesta está bien ejecutada, confía en que se mantenga la decisión de la Prefectura.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derechos supuestamente vulnerados
- III.2. Exigencia de fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso planteado
- APROBAR