Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0622/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
II.2.
II.2. Los correcurridos Ana María Gómez Blaghine e Isidro Mamani Huanca, titulares de la concesión minera “Porvenir”, el 29 de julio de 2005 presentaron demanda de amparo administrativo contra la empresa COMICEN S.R.L., representada por el ahora recurrente (fs. 88 a 90), que concluyó con la Resolución de 16 de agosto de 2005 dictada por el Superintendente Departamental de Minas de Oruro, mediante la cual concedió el amparo minero solicitado, recomendando al personero legal de la empresa COMICEN S.R.L. respetar las concesiones legítimamente constituidas de los solicitantes (fs. 99 a 101).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- “
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) cuando las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- “denegado”