Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2007-R
Fecha: 18-Jul-2007
II.6.
II.6. Con el informe precedente y a fin de no causar indefensión al demandado el Juez recurrido por decreto de 27 de octubre de 2006 (fs. 24 vta.), dispuso que la demandante preste juramento de desconocimiento de domicilio, lo que ocurrió el 31 de octubre (fs. 26), cumplido lo cual el Juez recurrido por Auto de 31 de octubre, dispuso la notificación con el Auto de rebeldía a Florencio Arnez Robles mediante edictos (fs. 26), publicación que fue efectuada en el periódico “Opinión” el 10 de noviembre de 2006 (fs. 28).