SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2007-R

Fecha: 18-Jul-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente afirma que se vulneraron los derechos de su representado a la libertad, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, al señalar que con la demanda de asistencia familiar seguida en contra de su representado, fue citado en su domicilio laboral y no en el señalado por la demandante y que después de casi cuatro años de abandonada la causa por la demandante fue declarado rebelde por el Juez recurrido al no haber respondido a la demanda no obstante de que fue citado personalmente, Auto con el que fue notificado mediante edictos, sin realizar el Juez recurrido una revisión minuciosa del proceso específicamente en lo referente al domicilio laboral del demandado donde fue citado con la demanda, el mismo que excluía su notificación mediante edictos, y que en la realización de las audiencias preliminar y complementaria se cometieron muchas irregularidades, dictándose finalmente Sentencia declarando probada la demanda con la que también fue notificado mediante edictos, situación que se repitió en la notificación con la liquidación, por lo que al no haber cumplido con el pago se libró en su contra “mandamiento de aprehensión” (sic), que fue ejecutado sin ninguna dificultad para ubicarlo. Por consiguiente, se debe determinar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.