SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2007-R

Fecha: 31-Jul-2007

III.5.

III.5. Ahora bien, congruentemente con lo aseverado, la recurrente en el presente recurso de amparo constitucional, no podía activar la vía administrativa para reclamar, en un procedimiento de impugnación regulado por la Ley de Procedimiento Administrativo, la revocatoria del memorando de destitución, porque dicho recurso ha sido instituido por normas que no le son aplicables, el Estatuto del Funcionario Público y la Ley de Procedimiento Administrativo; siendo por ello que su reclamo debió hacerlo mediante los mecanismos establecidos para el respeto de los derechos emergentes de su relación laboral, vale decir las vías administrativa y jurisdicción laboral.

          En ese orden de ideas, y con la premisa determinante que la recurrente no tenía acceso a los recursos de revocatoria y jerárquico, es que este Tribunal concluye que el memorial de revocatoria que presentó ante la autoridad recurrida no tenía procedimiento preestablecido, pues más bien es una vía no reconocida para la recurrente; en consecuencia, la garantía a un debido procedimiento administrativo no ha sido lesionada en el caso presente, porque el recurso que la recurrente accionó no es el idóneo, por lo que no le está reconocido como una facultad a la que tenía derecho.