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    AUTO CONSTITUCIONAL 397/2007-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 397/2007-CA

    Fecha: 07-Ago-2007

    I.1. Antecedentes

    Por memorial presentado el 26 de julio de 2007 (fs. 4 a 6), el recurrente se apersona en su condición de ciudadano boliviano, refiriendo que por Ley 3364 de 6 de marzo de 2006, se convocó a elecciones para la Asamblea Constituyente, estableciendo en su art. 24 la duración mínima de seis meses y la máxima de doce meses, teniendo en consecuencia los asambleístas el mandato del pueblo, del cual el recurrente señala que es parte.

    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • II.1.
    • II.2.
    • la legitimación activa entendida como la capacidad jurídica que otorga el Estado a la persona cuyos derechos o garantías son restringidos o suprimidos
    • 'es la persona “agraviada
    • agraviada es la persona que ha sido directamente perjudicada por un acto o resolución proveniente de autoridad pública
    • II.3.
    • acreditar su condición de persona agraviada
    • una decisión en el fondo
    • II.4.
    • RECHAZA

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