SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0694/2007-R

Fecha: 13-Ago-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

La recurrente, en el memorial presentado el 3 de julio de 2007 (fs. 3 a 4 vta.), indica que se encuentra detenida preventivamente desde el 19 de junio pasado, por orden del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, quien en la audiencia de medidas cautelares no tomó en cuenta los elementos de convicción presentados para demostrar que su situación económica es precaria, lo que imposibilitó cumpla con la fianza económica, además por temor a la seguridad de su bebé, pues los querellantes son agresivos.

Revela que acreditó ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal que se encuentra embarazada, autoridad contra quien la parte querellante, dolosamente presentó una recusación, para perjudicar el normal desarrollo del proceso, remitiéndose sin trámite alguno el expediente a otro Juzgado, manteniendo firme y subsistente la decisión de privarle de su libertad, omitiendo lo establecido por el art. 232 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues existen otras medidas cautelares que pueden ser aplicadas en su caso. Además, en conocimiento de su estado de gravidez se debió señalar audiencia de inmediato; por el contrario, tuvo que esperar dos semanas para que sea fijada.