SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0746/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0746/2007-R

Fecha: 24-Sep-2007

improcedente

El Juez de hábeas corpus dictó Resolución declarando improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) Según se evidencia del acta de audiencia de medidas cautelares, el recurrente hizo uso de su defensa material, no siendo aplicable la SC "058/2006-R"; ii) De acuerdo al "art. 250 de la Ley 1970", el Auto que dispone una medida cautelar no causa estado y es modificable o revocable aun de oficio cuando se presenten nuevos elementos de convicción; iii) La Jueza Décima de Instrucción en lo Penal no realizó ninguna actuación en el proceso, por lo que carece de legitimación pasiva para ser demandada. 

Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Juez de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.