SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0752/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0752/2007-R

Fecha: 24-Sep-2007

improcedente

Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución que declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) La autoridad recurrida ha actuado conforme a sus atribuciones, prerrogativas y competencias que le señala la ley, y en cumplimiento de los arts. 124 de la CPE concordante con el art. 45 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), no habiendo limitado, restringido ni conculcado las garantías fundamentales que hace referencia la demanda de hábeas corpus; ii) El art. 10 de la CPE, prevé que el autor de un hecho si es sorprendido in fraganti, puede ser aprehendido aún sin mandamiento por cualquier persona con el único objeto de ser conducido a la autoridad o juez competente, quien deberá tomar su declaración en el plazo máximo de veinticuatro horas, extremo que también ha sido cumplido en el presente caso.