Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0762/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.3.
II.3. A través del escrito presentado el 29 de mayo de 2006, los recurrentes, apersonándose a la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, donde se encontraba radicado el recurso, solicitaron a los Vocales recurridos, ordenen al inferior remita todos los actuados del proceso (fs. 45 a 46). Mediante proveído de la misma fecha, los Vocales dispusieron no haber lugar a lo solicitado, aduciendo no existir disposición legal que ampare su petitorio (fs. 46).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- cuando se rechace la excepción planteada, y se causa agravio, las partes deberán reservarse el derecho de plantear la apelación o recurrir de la decisión adoptada
- denegado
- APROBAR