Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo dictó Resolución declarando improcedente el recurso interpuesto en consideración a que de acuerdo a los arts. 142 y 143 de la LM concordantes con el art. 70 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) que determinan que una vez agotada la vía administrativa, el interesado podrá acudir a la vía del proceso contencioso administrativo, las recurrentes tenían expedita esa vía para hacer valer sus derechos, más aún como se tiene establecido las recurrentes no acreditaron su calidad de funcionarias de carrera municipal.