De la revisión de obrados se constata que el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de la provincia Jordán - Cliza del Distrito Judicial de Cochabamba, incumplió el AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que establece la revisión de los recursos de

Fecha: 13-Abr-2009

De la revisión de obrados se constata que el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de la provincia Jordán - Cliza del Distrito Judicial de Cochabamba, incumplió el AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que establece la revisión de los recursos de amparo constitucional por la Comisión de Admisión, “… únicamente, cuando el o los recurrentes impug...

De la revisión de obrados se constata el incumplimiento al AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que dispone la revisión de los recursos de amparo constitucional por la Comisión de Admisión, cuando la resolución pronunciada por el tribunal de garantías decl

Fecha: 15-Abr-2009

De la revisión de obrados se constata el incumplimiento al AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que dispone la revisión de los recursos de amparo constitucional por la Comisión de Admisión, cuando la resolución pronunciada por el tribunal de garantías declare la improcedencia in límine o rechace el recurso; dicha revisión “… será viable únicamente, cuand...

No obstante de no existir quórum para el pronunciamiento del Auto Constitucional que resuelva la solicitud de desistimiento, a objeto de evitar perjuicios, en razón a la manifestación expresa formulada por las recurrentes y conforme a la jurisprudenc

Fecha: 21-Abr-2009

Dicha facultad procesal es aplicable en la jurisdicción constitucional dentro de los recursos que admiten el desistimiento, tal es el caso del recurso de amparo constitucional, siempre y cuando sea expuesto en forma expresa antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacion...

Mediante proveído de 14 de enero de 2009, y posterior nota de 6 de febrero del mismo año, la Sala Social Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, remitió en calidad de: “consulta”, la Resolución Nº 001/2009 SSA-II de 5

Fecha: 28-Abr-2009

Mediante proveído de 14 de enero de 2009, y posterior nota de 6 de febrero del mismo año, la Sala Social Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, remitió en calidad de: “consulta”, la Resolución Nº 001/2009 SSA-II de 5 de enero de 2009, misma que declaró “improcedente in limine” el recurso de hábeas corpus interpuest...