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Sentencias
AC 0008/2005-O de 26 de abril). Consecuentemente, al existir manifestación expresa por parte de la recurrente por intermedio de su apoderada de retirar el recurso, por Secretaría General
De la revisión de obrados se constata que los Vocales de la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia del la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, incumplieron el AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que establece la revisión de los
De la revisión de obrados se constata que los Vocales de la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia del la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, incumplió el AC 107/2006-RCA de 7 de abril, que establece la revisión de los re
conforme lo establece la SC 0505/2005-R de 10 de mayo, no es menos evidente la imposibilidad legal debido a la inexistencia de quórum por la falta de designación de Magistrados del Tribunal Constitucional; en consecuencia, debido a la complejidad de
AC 0008/2005-O de 26 de abril). Consecuentemente, al existir manifestación expresa por parte de las recurrentes a renunciar y/o desistir del recurso, por Secretaría General