b)
b) “(…) el accionante no ha fundamentado ni acreditado la ausencia motivación o fundamentación; al contrario, lo que pretende es la valoración de la prueba ligada a la interpretación de la legalidad ordinaria, puesto que de la lectura de su petitorio, no hay duda que su finalidad es revertir el análisis valorativo de la prueba, de tal manera que se proceda a la extinción de la acción penal por prescripción tal cual pretendió en el incidente en cuestión. Lo cual tampoco corresponde por ser ello atribución privativa de las autoridades de la jurisdicción ordinaria; no dándose en este caso los presupuestos para que de manera excepcional se haga abstracción a la exigencias y se ingrese a dicho análisis.”
Con relación al primer fundamento referido a que el recurrente consintió con el acto reclamado al haber formulado objeción de la querella, el Magistrado suscribiente considera que dicho acto no puede ser considerado como consentimiento a las Resoluciones del juez y los vocales demandados que rechazaron la extinción de la acción penal, por las siguientes razones:
- I. La acción de amparo constitucional y las causales de improcedencia
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- II. Los actos consentidos libre y expresamente
- dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- que debe manifestarse en forma inequívoca
- deben provocar en el Tribunal la convicción plena de que el recurrente está de acuerdo con el acto reclamado; dado que la simple presunción del consentimiento por acciones que no están directamente relacionadas con el supuesto acto ilegal, lesionaría la garantía de la tutela jurisdiccional eficaz,
- menos que ningún otro trámite, podría ser instrumento para purgar la negligencia de las partes
- emane de la voluntad
- III.
- valoración de la prueba
- relevancia constitucional,
- interpretación de la legalidad ordinaria
- IV. El caso analizado en la SC 0906/2010-R
- a)
- b)
- público
- revisión la interpretación de la legalidad ordinaria
