SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1459/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 178 de 29 de noviembre de 2007, cursante de fs. 882 vta. a 884, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Zacarías Eduardo Cuellar Leigue en representación del Banco BISA S.A. contra Severo Hurtado Ribera, Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de la entidad a la que representa a “la seguridad jurídica”, a la propiedad privada, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i), 14 y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- esta acción se interpondrá "(…) siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional
- APROBAR