SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1480/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifiesta que fue objeto del robo de una motocicleta de su propiedad, por lo que presentó querella y una solicitud de secuestro, habiendo sido recuperada; sin embargo, no le fue restituida puesto que el Director de la FELCC de San Borja se niega a cumplir la orden fiscal de entrega. Agrega que con prueba pertinente de su derecho propietario, solicitó al Fiscal de Materia de San Borja, la entrega y devolución de la mencionada motocicleta sin obtener respuesta alguna, situación por la que acudió al Juez de Instrucción en lo penal y cautelar el 1 de noviembre de 2007, solicitando disponga la entrega de su motocicleta, y pese a que el Fiscal recurrido fue notificado el 5 de noviembre de 2007, hasta el presente no da curso a la devolución. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR