SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

concedió

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, constituida en tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 19 de septiembre de 2007, por la que concedió el amparo, disponiendo que el recurrido proceda en el plazo de cuarenta y ocho horas a dar respuesta a la petición presentada por la recurrente, con responsabilidad Civil, calificándose daños y perjuicios en la suma de Bs 200.- (doscientos 00/100 bolivianos), con el siguiente fundamento: Los documentos de fs. 4 a 9, acreditan que la primera petición se efectuó el 20 de julio de 2007 y otras cinco veces, hasta el 2 de agosto de ese año, sin que haya respuesta alguna, ya sea positiva o negativa, de donde resulta incuestionable que la Federación Departamental de Juntas Vecinales y particularmente su Presidente han vulnerado el derecho de petición de la recurrente.