Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.1.
II.1. Según documento cursante de fs. 10 a 12, refrendado por la Notaria de Fe Pública 3, Julia Montserrat Oller Gutiérrez, acredita haberse llevado adelante elecciones en el Barrio “La Pampa”, donde se proclamó como frente ganador al “Movimiento de Renovación Pampeña” del cual fue parte la recurrente a quien posteriormente se ministró posesión tomando el juramento de rigor.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares de los funcionarios o autoridades públicas
- el derecho de petición no es únicamente exigible a funcionarios o autoridades públicas,
- el derecho de petición es oponible ante las entidades privadas en determinados casos
- 1.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR