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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2010-R

    Fecha: 11-Oct-2010

    II.1.

    II.1.Mediante Escritura Pública de 7 de marzo de 1995, registrada en Derechos Reales con la Matrícula 7.01.2.01.0020405, el recurrente acreditó su derecho propietario sobre el inmueble ubicado en el barrio Guapilo; av. Cumavi final, UV 231 de la provincia Andrés Ibañez del departamento de Santa Cruz (fs. 4).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las personas recurridas
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • “accionante”
    • “denegar”
    • III.3.Sobre la seguridad jurídica
    • III.4. Excepción a la subsidiaridad en el amparo constitucional por medidas de hecho
    • APROBAR

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