Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.4.
II.4.El 15 de octubre de 2007, Ernesto García Rocha, Subcomandante Departamental de la Policía de Santa Cruz, representa al Fiscal de Distrito, que ante la falta de personal disponible, no puede cumplir con la custodia policial de los predios de Miguel Alba Yovió, ordenada mediante requerimiento de 2 de ese mes y año, emanado de dicha autoridad y requerimiento de 9 del referido mes y año, emitido por el Fiscal, Lucio Hinojosa (fs. 29).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Excepción a la subsidiaridad en el amparo constitucional por medidas de hecho
- APROBAR