Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y a la propiedad privada, en razón a que el inmueble de su propiedad, fue ocupado violentamente por avasalladores, quienes golpearon a los cuidadores del referido terreno, logrando asentarse en los mismos construyendo viviendas precarias y que a pesar de haberse interpuesto las denuncias pertinentes a la Fiscalía por la comisión de delitos y un interdicto de recobrar la posesión, las medidas de hecho ameritan la restitución pronta de sus derechos. En consecuencia, corresponde analizar si en el presente caso se concedió correctamente la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4. Excepción a la subsidiaridad en el amparo constitucional por medidas de hecho
- APROBAR