SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1562/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.8.
II.8. El Auto Nacional Agrario 39/2007 de 27 de julio, declaró infundado el recurso de nulidad y/o casación interpuesto por Felicidad Magnani Flores contra el Auto definitivo de 13 de abril de 2007, señalando que el interdicto de adquirir la posesión de donde deviene el señalado recurso de nulidad no concluyó de manera normal con sentencia sino de forma extraordinaria como resultado de un acuerdo conciliatorio total entre partes y la actividad procesal referida a la conciliación se desarrolló en audiencia, habiéndose omitido únicamente en el acta la constancia expresa de homologación, omisión de carácter meramente formal que de ninguna manera puede dar lugar a la nulidad de obrados, todo por determinación del art. 251.I del CPC, debiendo tenerse en cuenta los principios de especificidad, trascendencia, convalidación y de preclusión, en la línea de estos últimos principios no se advierte perjuicio alguno para ninguna de las partes y menos para la recurrente, correspondiendo en todo caso el cumplimiento de buena fe del acuerdo conciliatorio, el cual no fue impugnado en su momento y por el contrario mediante auto de 18 de noviembre de 2003 se declaró ejecutoriado el acuerdo conciliatorio (fs. 7 a 8).
- recurso de amparo constitucional ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- al caso concreto
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR