Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
Fragmento 12
Conforme a las normas constitucionales y a la jurisprudencia glosada, se tienen claramente diferenciados los mecanismos legales a ser utilizados por las personas, así cuando aleguen ya sea lesión a derechos y garantías, procederá el amparo constitucional o cuando impugnen la jurisdicción y competencia de las autoridades, al vía idónea será el recurso directo de nulidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.4.Análisis del caso
- APROBAR