Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1633/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.3.
II.3. El 26 de diciembre de 2007, la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica de Oruro, mediante carta, comunicó a la recurrente que realizada la inspección en su presencia, se verificó el funcionamiento normal del medidor del inmueble ubicado en la calle Caro 950, además de que la empresa no realizó ningún corte en el servicio, por lo que el problema denunciado es interno, y que debe ser resuelto por el cliente (fs. 27).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Luisa Bertha Caballero Ochoa de Ugarte,
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación del recurso
- c)
- f)
- concedió
- i)
- ii)
- iii)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR