Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1652/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. Cursa memorial de 26 de noviembre de 2007, a través del cual el actual accionante solicitó al Presidente y Concejales de la Alcaldía Municipal de Villa Serrano, el registro del derecho propietario del predio heredado (fs. 17 y vta.). Asimismo, cursan notas, HCMVS CITE 158/2007 de 30 de noviembre y HCMVS CITE 163/07 de 6 de diciembre de 2007, por medio de las cuales el Presidente del Concejo Municipal, hizo saber al actual recurrente, que el Concejo Municipal de Villa Serrano no era competente para conocer dicha petición (fs. 18 y 19).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 14
- III.4. El caso analizado
- Fragmento 16
- APROBAR