Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1652/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. Cursa memorial de 27 de diciembre de 2007, a través del cual el demandante se dirigió al Alcalde Municipal de la Población de Villa Serrano, observando el informe jurídico y a la vez solicitando Resolución Municipal expresa sobre la posición asumida respecto al predio en cuestión y su registro (fs. 20 a 21). A su vez cursa la nota M.V.S. 0048 de 24 de enero de 2008, a través de la cual el Alcalde Municipal de Villa Serrano, hace saber al recurrente, que al existir conflicto de intereses sobre el derecho propietario del fundo que pretende registrar, no procede la emisión de la Resolución para la inscripción del derecho propietario sobre el bien inmueble (fs. 22 a 23).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 14
- III.4. El caso analizado
- Fragmento 16
- APROBAR